Objeto del mes: El camino hacia una mejor seguridad laboral

31 de December de 2014

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La Ley de Seguro Obligatorio contra Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales significó un antes y un después en términos de protección social en Chile. Durante enero, revisaremos parte de su historia e implicancias.

Durante el gobierno de Eduardo Frei Montalva se realizaron diversas mejoras a las condiciones de vida de los trabajadores y trabajadoras del país. Entre los muchos logros sociales alcanzados durante este periodo, destaca la Ley de Seguro Obligatorio contra accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, promulgada el 23 de enero de 1968 y publicada en el diario oficial el 1 de febrero de ese mismo año. Esta medida ubicó al país en la vanguardia latinoamericana en términos de protección social, pues fue la primera ley de la región que establecía un seguro de carácter obligatorio.

La promulgación de la esta Ley se realizó en medio de la expectación pública y política, pues constituía uno de las principales demandas de los trabajadores organizados. A cargo de su formulación estuvo un equipo liderado por el entonces Ministro del Trabajo William Thayer. El Proyecto ingresó al Congreso en enero de 1966, explicándose en los medios de la época que su larga permanencia legislativa se debió a la ¨complejidad de su articulado¨(1) . Tuvieron que pasar dos años para que el proyecto cobrara vida con la firma del Presidente de la República, en una ceremonia que fue celebrada en el Palacio de La Moneda.

La amplia aprobación y respaldo que tuvo este proyecto por parte de diversos sectores políticos, fue de gran importancia para el gobierno de Frei Montalva, pues durante este periodo el país atravesaba por un contexto de radicalización general.

Entre los gremios que estuvieron presentes durante la ceremonia de promulgación, se destacó la Confederación Nacional de Trabajadores Metalúrgicos de Chile, quienes por medio de su presidente, José Pino Díaz, declaró que esta ley cumplía una ¨aspiración muy sentida para la clase trabajadora (…) aplaudimos y agradecemos en lo que vale al Gobierno y a los legisladores por esta iniciativa. Por fin le han dado al trabajador y a sus dirigentes una verdadera previsión que les favorece¨(2). La Confederación Nacional de Sindicatos del Banco del Estado a través de su presidente Arturo Moreno Patiño, también hizo notar su satisfacción, señalando que habían tomado conocimiento del texto de la ley y que esta consideraba todos los anhelos de los trabajadores del país (3). Mario Alarcón, presidente de la Confederación Nacional Campesina, la definió como ¨auténticamente revolucionaria¨, mientras el Comando de Técnicos de Especialidades declararon: ¨nos sumamos al esfuerzo común, para ver hecha realidad una etapa que estaba considerada en nuestros programas de lucha y que íbamos a defender. La ley se ha anticipado a los hechos y ello nos satisface ampliamente¨ (4).

Durante la ceremonia el único orador fue el Ministro del Trabajo William Thayer, quien agradeció sentidamente a quienes estuvieron involucrados en la formulación de la Ley, ¨algunos sentados en la mesa de honor y otros ocultos entre el público, pero sin cuya colaboración, esto no habría sido posible. Hombres de izquierda y de derecha que ayudaron a hacerla una realidad, tienen la gratitud del Gobierno y del pueblo de Chile, que ahora podrá ponerse en marcha hacia un nuevo progreso.¨(5)

Para el país significó un gran avance en términos de protección social. Hasta antes de la promulgación de esta ley, en Chile no había más de 500 mil asegurados, pues la legislación existente hasta ese entonces protegía al empresario y no a la persona, además de ser facultativa, lo que significaba que no era obligatoria y dependía de la voluntad del empleador. Con la Ley de Seguro Obligatorio el gobierno esperaba aumentar la cobertura a más de dos millones de trabajadores durante su primer año de aplicación y a más de 4 ó 5 millones en los años siguientes.(6)

Por otro lado, la normativa aplicó un concepto ampliado de accidente del trabajo, incluyendo aquellos que el trabajador podía sufrir en los trayectos desde y hacia su casa y los que podían ocurrirle a los dirigentes gremiales durante el desempeño de sus funciones. La noción de enfermedad profesional también se extendió, considerándose como tal todas las enfermedades que tuvieren relación de efecto o causa con el trabajo desempeñado.

Una parte importante de la Ley fueron los incentivos a la prevención, pues se tomaron medidas con el objeto de estimular en las empresas la disminución del índice y frecuencia de accidentes laborales, mediante recargos o rebajas en sus cotizaciones (7) , entre otras varias medidas que mejoraron considerablemente las condiciones en que los trabajadores y las trabajadores de Chile desempeñaban sus labores.(8)

NOTAS:

1. La Nación, 21 de enero de 1968, p.4.
2. La Nación, 23 de enero de 1968, p.6.
3. Ibidem.
4. Ibidem.
5. La Nación, 24 de enero de 1968, p.4.
6. La Nación, 21 de enero de 1968, p.14.
7. La Nación, 21 de enero de 1968, p.14.
8. http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=28650&idParte=&idVersion=2011-10-17

 

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